Resolución N° 2022/SCPIP-00000015

Se derogan las Resoluciones N° 16/2016 y 46/2018 de la DGCYC; a su vez, dispone que la documentación que integre las ofertas que se presenten en formato digital, en el marco de los procedimientos comprendidos en la Leyes N° 10.155 y N° 8.614, deberá contar con la firma digital del proponente.