I. Es responsabilidad del interesado, mantener actualizada la información cuando se produzcan modificaciones en
los datos a partir de los cuales se completó la gestión.
II. A los fines de renovar la inscripción, se deberá acreditar solamente el cumplimiento de los requisitos que se encuentren vencidos o que hubieran sido modificados.
III. Cuando se informe el cambio de denominación o transformación social, se verificará que los requisitos establecidos en el punto 1.I.B o punto 3., estén a nombre del nuevo tipo societario o con los datos actualizados respecto a la nueva denominación.